DI.CO.SE. Declaración Jurada 2011

La Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca ha publicado la Resolución Nº 65/2011 referida a la Declaración Jurada Anual de DI.CO.SE.


Detallamos los puntos más importantes y otros datos de interés para quienes realizan el llenado de los Formularios y Planillas de Contralor Interno de DI.CO.SE.
Como novedad para éste año, los tenedores de campo deberán completar el Formulario de la Comisión de Zoonosis, declarando los perros propios y ajenos dentro del establecimiento.
Se recuerda que la presentación fuera de fecha de la Declaración Jurada puede provocar multas de 10 Unidades Reajustables hasta 2.000 Unidades reajustables. (Ley 16.736 Art. 285)
Recordamos además que tanto los funcionarios Policiales como los funcionarios de DI.CO.SE,  no pueden realizar el llenado de Formularios y Planillas de acuerdo a lo previsto en el Código Penal de Uruguay. (Libro II Título IV "Delitos contra la Administración Pública") 


Si usted es productor y no sabe realizar el llenado de su Declaración Jurada, deberá contratar a Gestores de confianza para hacerlo, ya que éste año los datos de DI.CO.SE. deben coincidir con los de la Trazabilidad Bovina.



Resolución de la Dirección General de Servicios Ganaderos del M.G.A.P.


1.  Fecha de Presentación de la Declaración Jurada: desde el Viernes 1º de Julio hasta el Viernes 29 de Julio 2011.
 Lugar: Comisarías o Jefaturas de Policía del Interior del País, o en las Oficinas de DICOSE en Montevideo,  Uruguay 1016. 
2. Giros comerciales:(remates, consignatarios, chacineros, 
frigoríficos, abastecedores, etc.) deberán presentar su Declaración Jurada 
Anual  entre el Viernes1º y el Viernes 8 de Julio  inclusive. El  resto de empresas
inscriptas tendrán plazo hasta el  29 de julio.
3. CONSIGNATARIOS: deberán  exhibir al momento de presentar su Declaración Jurada, la 
tarjeta que demuestra la Constancia de Inscripción en el Registro 
Nacional de Consignatarios de Ganado (Ley 16.064) 
4. Deberán inscribirse ante DI.CO.SE. todos los tenedores de ganado bovino, ovinos, equinos y/o caprinos a cualquier título y cantidad, ya sea en zona urbana, suburbana y/o rural.  
5. Se debe presentar la Declaración Jurada anterior (Año 2010) y  Planilla de Contralor Interno correspondiente al período 1/7/10 – 30/6/11(La Planilla de Contralor interno quedará en la oficina receptora)
6. Las Razones Sociales cuyo  DICOSE comience con números, deberán obligatoriamente completar el Formulario de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis.


Para leer la Resolución completa haga click aquí:

Fuente: http://www.mgap.gub.uy

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